“Soy turista y estoy en cuarentena, ¿cómo prorrogo mi visa?”, respondemos tus preguntas de inmigración
El coronavirus también impacta a los turistas que visitan Estados Unidos y se han quedado varados porque están en cuarentena. Uno de ellos escribió a la redacción de Univision Noticias preguntando qué hacer para prorrogar la visa y no perder su estatus de permanencia legal.
Respondemos a estas y otras preguntas sobre inmigración que nos llegan a la redacción de Univision Noticias. Puedes enviarnos la tuya a: [email protected].
Turista en cuarentena
La usuaria identificada con el nombre de Eli envió el siguiente mensaje a nuestra redacción por medio de una de nuestras redes sociales: “Estoy en cuarentena. Por favor, han olvidado hablar del tema de quienes estamos en cuarentena con una visa de turismo B1-B2, y las fronteras de nuestros países están cerdadas”.
“Inmigración (la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración -USCIS-) no está atendiendo al público y no sabemos qué hacer para no propagar la enfermedad a nuestros países, ni tampoco quedar en este país como ilegales” (indocumentados).
Hablamos con abogados y estas son sus respuestas y consejos.
Conserve la calma
“Lo primero, conserve la calma y cuide su salud”, dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.
En cuanto a qué hacer para evitar perder el estatus de permanencia legal con una visa de no inmigrante tipo B1-B2, Gálvez dijo que “la persona puede llenar un formulario I-539 y enviarlo por correo certificado al servicio de inmigración”.
“Es importante que lo envíe por correo certificado para que le quede una constancia de que lo envió, y registre la fecha en que hizo el trámite. Debe hacerlo antes del vencimiento del plazo otorgado por el agente de inmigración cuando entró al país. Ese dato se encuentra en el Formulario I-94”, precisó.
Situación de emergencia
Gálvez también dijo que debido a la situación de emergencia que se encuentra el país a causa del coronavirus, la USCIS canceló la atención de público y sólo está procesando trámites que se hacen por correo o vía internet.
“En el caso de los turistas, las prórrogas de estadía no se hacen vía digital, por eso deben llenar el formulario I-539 y enviarlo por correo certificado” (a través del Correo de Estados Unidos -US Postal Service-), apuntó.
Respecto a la acumulación de tiempo de estadía ilegal o indocumentada, Gálvez dijo que las personas no deben preocuparse “porque estamos viviendo una situación de emergencia mundial extraordinaria”, y que en el curso de los próximos días el gobierno irá respondiendo las dudas, como en este caso.
“Pero por ahora las personas deben saber que, si se expira el tiempo de permanencia indicado en el formulario I-94, la acumulación de tiempo ilegal comienza a castigarse 180 días después de la expiración del permiso”, dijo Gálvez. Pero reiteró que debe llegar el formulario I-539 para gestionar una ampliación del plazo de estadía.
Fronteras cerradas
En cuanto al cierre de fronteras en varios paises, medidas extremas para detener el ingreso de nuevos casos de coronavirus y su propagación, las personas deben comunicarse con sus embajadas y/o consulados para averiguar si los gobiernos tienes planes de evacuación de sus ciudadanos.
Algunas cancillerías han indicado que han programado vuelos especiales para regresar a sus connacionales.
En otros casos, los gobiernos indican que si bien cerraron fronteras debido a la pandemia, sólo permiten la entrada de sus ciudadanos o extranjeros con residencial legal permanente.
Cabe destacar que cada año Estados Unidos registra unas 48 millones de isiones de extranjeros con visa de turismo.